La mercancía debe ser entregada por el generador de carga bebidamente embalada, rotulada y su peso real por unidad.
Transportaremos mercancías con un peso mínimo de 300 kilos por despacho.
El remitente deberá declarar, en el momento de la entrega de la mercancía, que esta se encuentra debidamente legalizada ante las autoridades aduaneras (DIAN) y cumple con las disposiciones legales del país.
El código de comercio en el ART. 1207, exime al transportador de entregar mercancías inventariadas, cuando estos no se han recibido de igual manera, excepto cuando la mercancía presenta deterioro en sus empaques y/o rotura de los mismos.
En el evento en que el destinatario devuelva su mercancía por razones ajenas al transporte, facturaremos el correspondiente flete de retorno o de redistribución según sea el caso.
Las indemnizaciones resultantes por perdidas y/o daños parciales en el transporte de sus mercancías, se cancelaran mediante nota crédito, salvo en casos especiales, previa entrega por parte del cliente de la documentación que T.C.N. Ltda. solicite. El valor declarado de la mercancía corresponde al costo y no a su precio de venta. La empresa reconoce el 100% del valor declarado en la remesa en caso de existir lugar a una indemnización, sin embargo, según la legislación legal vigente, está obligada a pagar solo el 80% del costo de la mercancía en el caso de que declare un valor superior a costo real de la misma.
Si el cliente NO cancela seguro o costo de manejo de la mercancía solo se las podrá transportar con previa copia de la póliza del generador de carga si se presenta caso de reclamo se otorgara por sistema de sobreseguro.
Una vez que el destinatario haya firmado la remisión de transporte a conformidad, no aceptaremos reclamaciones.
Una vez firmada la remesa de transporte, no devolvemos la mercancía entregada sin autorización escrita de la empresa remitente.
La falta, inexactitud o insuficiencia de indicaciones por parte del remitente, tales como nombre, dirección, teléfonos del destinatario, el lugar de la entrega, la naturaleza, el valor, el numero, el peso, el volumen, así como las condiciones especiales para el cargue harán responsable al remitente ante el transportador y el destinatario de todos los perjuicios que ocurran por causa de lo anterior.
Si el cliente deja de despachar sus mercancías por un periodo superior a 30 días, el Acuerdo Comercial se dará por terminado y las condiciones aquí establecidas quedaran sin vigencia.
La mercancía de importación se deberá remesar con sus respectivos manifiestos de aduana.
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TCN Ltda. Cuenta además con un excelente paquete de servicios para ofrecer a nuestros clientes como son:
Movimiento de carga masiva y semimasiva entre las principales ciudades, centros de acopio y de producción nacional.
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